Groomer o Grooming




Definición
El cibergrooming es un método formado por un conjunto de estrategias que una persona adulta desarrolla para ganarse la confianza de un menor de edad a través de Internet y las nuevas tecnologías (TIC), para conseguir su control a nivel emocional, con el fin último de obtener concesiones de índole sexual.

Esta forma de abuso procede del grooming, el cual se da sin intermediarios como las redes sociales, es decir, el adulto se gana la confianza del menor en directo, mediante encuentros físicos, para luego desembocar en los mismos actos.


La palabra “Groomer” proviene de “Grooming” que en inglés quiere decir: engatusamiento. Y en eso consiste exactamente, en el engatusamiento de un menor por parte de una persona adulta con objetivos nada positivos para el menor.

Métodos que utilizan para el Groomer

El acosador puede elegir a su víctima a través de las TIC o en persona. Una vez fijado el objetivo, se dan las siguientes fases:

1.      PUESTA EN CONTACTO Y AMISTAD: El acosador (haciéndose pasar por un adolescente) inicia una relación por medio de Internet con el menor. Lentamente comienza a surgir una “amistad”. Normalmente, para ganarse la confianza, el adulto hace creer al menor que es una persona que puede conseguir entradas para ciertos espectáculos, pases especiales, bebidas alcohólicas, etc.

2.      CONFESIÓN: Gracias a la confianza, el acosador consigue sin forzar la situación, información y datos básicos sobre la víctima. Finalmente, el menor le acaba por confesar determinados secretos e intimidades, que pueden ir desde su lugar de residencia y horario laboral de sus padres, hasta sus deseos sexuales más profundos (recordemos que en la adolescencia hablar de sexo es una necesidad en muchas ocasiones, mientras sigue siendo un tema considerado tabú provocando miedo a la incomprensión y a la burla).

3.      DESENMASCARAMIENTO: Con los datos obtenidos, se pide al menor su participación en actos de naturaleza sexual (envíos de imágenes, vídeos,...) a cambio de mantener los secretos en silencio. Así, el delincuente se hace con un verdadero arsenal de material con el que continuar chantajeando. Siendo el chantaje en ocasiones innecesario gracias a la ingenuidad de muchos y muchas jóvenes que creen que no hay peligro en enviar imágenes íntimas por Internet a una persona que consideran amiga (lo también conocido como Sexting).

4.        COMPONENTE SEXUAL: Esta fase sólo se da en los casos más graves de grooming. En ella, el pederasta obliga mediante chantajes o engaños al menor, a tener encuentros presenciales donde se producen abusos físicos.

Consecuencias

Este delito tiene graves consecuencias, tanto para la víctima como para el agresor:

Para las víctimas:
·         Las víctimas desarrollan un cambio de personalidad debido al trauma producido. Las conductas autodestructivas, el empeoramiento del nivel escolar y las depresiones, son las más leves, algunas otras son:

o       Descenso de la autoestima
o       Desconfianza excesiva de todo lo que les rodea
o       Cambios de humor repentinos y bruscos
o       Aislamiento
o       Alteraciones del sueño
o       Alteraciones en la alimentación (trastornos alimenticios)

·         También puede ocasionar perjuicios psicóticos que causan daños irreparables:

o       Sexualización de las relaciones afectivas
o       Fugas o bloqueos emocionales

·          Si el acosador amenaza a la víctima con daños de tipo social (divulgar el material), ésta es propensa a caer en la discriminación social.

·         Cuando el acoso se alarga en el tiempo, y se llega a la última fase, se da lugar a daños físicos que pueden derivar al punto más extremo: el suicidio.

·         Daños a nivel familiar: falta o empeoramiento de las relaciones y de la comunicación a nivel familiar, chantajes a la propia familia por parte del acosador, etc.



Para el agresor:

El grooming puede ser considerado un delito de:

·         Exhibicionismo
·         Difusión de contenidos pornográficos (si se difunden por un medio directo y suponen daños psicológicos)
·         Corrupción de menores (si se dan actuaciones de ámbito sexual)
 Así, según el código penal español: “el que a través de Internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de trece años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 178 a 183 y , siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño”.

Casos reales

La siguiente noticia muestra un diálogo de extorsión y chantaje a una niña de 14 años. El abusador pretende conseguir que la muchacha cometa un acto de tipo sexual, a cambio de devolverle su contraseña del msn.

Otro caso es el de un pedófilo, que realizó grooming a una niña de 13 años (Chile). Primero consiguión información fingiendo ser su amiga “Carlita”, para más tarde convertirse en su novio virtual “Pedrito”. Así, le robó su contraseña de msn y la chantajeó obligándola a que le enviaba fotos desnuda. Pero la niña se lo dijo a su madre y el agresor fue acusado por corrupción de menores.

Un ejemplo que llama la atención por la corta edad del agresor: Un hombre de 24 años chantajea a 250 menores en la red social Facebook.

Otro ejemplo, uno de los casos de «grooming» más sangrantes fue el de Amojorge, un avilesino de 38 años que enviaba a niñas entre 13 y 14 años mensajes de alto contenido sexual y sadomasoquista. Que se sepa, intentó quedar con tres de ellas para mantener relaciones sexuales, aunque afortunadamente las niñas no aceptaron. Con las niñas contactaba a través de chats y las convencía para comunicar a través del Messenger. (Párrafo extraído de otro blog)

El siguiente vídeo muestra cómo el autor finge ser una niña para “cazar” a un abusador. Es decir, emplea los métodos del grooming para encontrar groomers.

En el siguiente ejemplo de “El pais” nos muestra como el agresor le dice a la niña que haga lo que hizo una amiga suya, para encontrar más confianza en él, además de hacerse pasar por una niña de su misma edad.

Añado un nuevo publicado hoy en La Voz de Galicia en el que el Grommer era también un menor de edad, pero en este caso un chico de 17 años que llegó a conseguir 100 videos de niñas de hasta menos de 10 años de edad presentándose como un menor de 16. 



 

La mayor parte de este artículo se ha copiado de la web Principales Riesgos en Redes Sociales

Añadiendo información de  El blog de peque juegos.com  y de Bullying acoso, página del psicólogo David Cortejoso

Otras webs que tratan el tema:


Biblioteca del Congreso Nacional de Chile   que además de explicar en qué consiste, explica las diferentes leyes que existen sobre el tema en diferentes países, algunas de las medidas que pueden tomar las familias para prevenirlo y muestra una conversación entre un pedófilo y una chica, conversación que fue mostrada por el padre de la menor en la denuncia contra este hombre. 

Otro ejemplo que ofrece un poco más de información sobre el mismo caso que nos presenta la biblioteca del congreso nacional de Chile.

Videos explicativos sobre el tema:

Pantallas amigas

¿Nos conocemos?  Video ya compartido anteriormente en este blog

Tve: una joven cuenta como fue engañada al igual que otras 60 menores 


 

 


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